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30/9/16

Certificación del Oficial de Cumplimiento, cuando aplica?

Desde que las autoridades (CNBV) determinaron o establecieron la obligación para las instituciones financieras de contar con un Oficial de Cumplimiento en materia de Prevención de Lavado de Dinero, se genero un sin numero de preocupaciones, cursos, programas de capacitación, temores infundados o no, si embargo y dada la experiencia de gremio en donde al margen de cuestionamientos de la efectividad del proceso, resulta necesario ajustar la teoría a la realidad, esto implica que ante los resultados, resulta necesario "posponer u otorgar más tiempo" a las instituciones financieras para cumplir con esta disposición, particularmente a las denominadas instituciones financieras no bancarias.
En tal sentido dicha obligación resultará aplicable a finales del 2017 o hasta el 2018.
Pronto despejaremos o confirmaremos esta preocupación, por lo pronto personalmente insistiré: un temario de la cobertura establecida por las autoridades no resulta recomendable estudiarlo en cursos de 2 o 4 días...
No se hagan bolas, no se estresen, ocúpense en un programa de estudios serio que les permita asimilar un temario amplio y pretensioso aplicable a todas las instituciones financieras, situación que de hacerlo fortalecera a quienes no sólo entiendan la teoría, sino su ámbito aplicativo,  ya que pretender adquirir la experiencia con cursos de 3 o 4 días es como querer quitarse él hambre leyendo el menú.

Tiempo hay, pero prográmense, habrá un 2017 para ello, pero no lo dejen para el último trimestre, empiecen desde ahora.



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